Informe relativo a la incoación para la actualización y adaptación de la Sección Primera del Inventario General de Patrimonio Cultural Valenciano, para la declaración como Bien de Interés Cultural de determinados yacimientos radicados en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana. Aprobado en Junta de Gobierno de esta Real Academia de Bellas Artes de San Carlos, celebrada el día lunes 11 de julio de 2022, por delegación de la Junta General habida el día 14 de junio del mismo año.
INFORME RELATIVO A LA INCOACIÓN PARA LA ACTUALIZACIÓN Y ADAPTACIÓN DE LA SECCIÓN PRIMERA DEL INVENTARIO GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO, PARA LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL DE DETERMINADOS YACIMIENTOS RADICADOS EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.
1. Antecedentes
Por resolución de 15 de noviembre de 2016 de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (DOGV 22/11.2016) se incoa expediente para para la declaración como Bien de Interés Cultural de los siguientes yacimientos radicados en la Comunitat Valenciana:
Yacimiento del Punt del Cid (Almenara). BIC, Zona Arqueológica
Puig de la Nao (Ben icario). BIC, Zona Arqueológica
Yacimiento fenicio de Vinarragell (Burreiana). BIC, Zona Arqueológica
La Cova de L’Or (Beniarrés). BIC, Zona Arqueológica
Baños de la Reina (Calpe). BIC, Zona Arqueológica
El Porquet 1 (Alicante). BIC, Zona Paleontológica
Poblado Ibérico de la Mont-ravana (Lliria). BIC, Zona Arqueológica
Necrópolis Ibérica Corral de Saus (Moixent). BIC, Zona Arqueológica
Villa Romana de Benicato (Nules). BIC, Zona Arqueológica.
Recinto fortificado del Torrello (Onda). BIC, Zona Arqueológica.
Poblado Ibérico de la Muela de Arriba (Requena). BIC, Zona Arqueológica
Yacimiento arqueológico de Valencia la Vella (Ribarroja).
Poblado ibérico del Pico de los Ajos (Yátova y Cortes de Pallás).
llleta deis Banyets (El Campello). BIC, Zona Arqueológica.
llleta del Potixol (Jávea). BIC, Zona Arqueológica.
Estos yacimientos fueron objeto de declaración como Bienes de Interés Cultural por el decreto 185/2018 de 18 de octubre (DOGV 11.01.2019) que concluyó con su declaración en las categorías de Zona Arqueológica y Zona Paleontológica.
Esta declaración quedo sin efecto por sentencia 185/2018 de 28 de Julio del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana que anuló el decreto del Consell por estimar que se habían vencido los plazos establecidos para la actualización y adaptación del inventario de la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio.
Ante una posible situación de desprotección, con fecha 3 de noviembre de 2021 el Consell Valencia de Cultura solicita que con carácter de urgencia se promueva el reconocimiento patrimonial de estos bienes, que ya obtuvieron una condición como Bienes de Interés Cultural por el decreto 185/2018 de 18 de octubre (DOGV 11.01.2019). Ante esta solicitud la Dirección General de Cultura y Patrimonio adecua los expedientes de incoación de los mencionados yacimientos y los dota de sus correspondientes entornos de protección.
De conformidad con lo dispuesto en el art 27.5 de la Ley 4/98, de 11 de junio del Patrimonio Cultural Valenciano, el día 1 de abril de 2022 la Dirección General de Cultura y Patrimonio solicita informe a la Real Academia de Bellas Arte de San Carlos, en conformidad con el articulo 7 de la mencionada Ley.
2. Los yacimiento y sus entornos de protección.
El Yacimiento del Punt del Cid (Almenara) es un recinto fortificado altomedieval exponte excepcional de los asentamientos militares. El entorno de protección es adecuado y garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados.
El Puig de la Nao (Benicarlo). Poblado ocupado desde el siglo VII a de C transformado en sus diferentes fases hasta llegar durante el siglo V a la configuración de asentamiento ibérico fortificado. Presenta un grado de conservación de sus elementos arquitectónicos excepcional. El entorno de protección es adecuado ya que garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados como la necrópolis en ladera.
El yacimiento fenicio de Vinarragell (Burriana) es un Tell con niveles correspondientes a diversas ocupaciones, desde el Bronce final al Ibérico antiguo. Hay que destacar su importancia para el conocimiento de la colonización fenicia y la formación de la Cultura Ibérica. El entorno de protección es adecuado para garantizar la preservación del yacimiento y sus elementos asociados
La Cova de L’Or (Beniarrés). Es el ejemplo más representativo de los asentamientos del Neolítico antiguo, exponente de la cultura de las primeras comunidades de agricultores en el territorio valenciano y ha proporcionado la muestra más completa de cerámicas cardiales de la Península Ibérica. El entorno de protección propuesto garantiza los valores paisajísticos y culturales del yacimiento.
Los Baños de la Reina (Calpe). Yacimiento extenso con niveles de ocupación datados entre los siglos II a de C y VII d de C. Muy afectado por el desarrollo urbanístico de Calpe en los años 60 y 70, en la actualidad conserva una villa tardorromana y los elementos relacionados con una piscifactoría A pesar de la destrucción parcial del yacimiento en décadas anteriores los elementos conservados en la actualidad son un ejemplo relevante de las villas romanas, en este caso asociada a un área productiva relacionada con la explotación de los recursos marinos. El entorno de protección propuesto se ajusta a los límites del yacimiento y sólo en los sectores norte y sur incorpora un ámbito de respeto.
El Parquet (Alicante). Es un yacimiento de icnitas del Plioceno terminal con un grado de conservación excepcional, fundamental para conocer las faunas de mamíferos del Plioceno. El entorno de protección propuesto incorpora un yacimiento asociado en proceso de estudio y garantiza los valores paisajísticos y culturales del yacimiento.
Poblado Ibérico de la Mont-ravana (Lliria). Extenso poblado ibérico de los siglos IV-11 a de C protegido con dos recintos de murallas provistas de torres. Es un ejemplo representativo de los poblados ibéricos amurallados del área edetana. El entorno de protección propuesto garantiza los valores paisajísticos y culturales del yacimiento e incorpora elementos asociados como una necrópolis.
Necrópolis Ibérica Corral de Saus (Moixent). Es una necrópolis ibérica monumental, la más septentrional de la Comunitat Valenciana, singular por la existencia de monumentos funerarios dotados de escultura y pilares estela decorados. Se ha definido un entorno de protección asimétrico que merma el espacio de protección en los flancos este y sur del yacimiento y se extiende de forma incluso excesiva y no justificada hacia el norte. Incorpora el yacimiento del Castellaret asociado a la necrópolis.
Villa Romana de Benicató (Nules). Villa romana con cronología de los siglos II a de c. al IV d d C. Conserva 30 departamentos habitacionales organizados alrededor de un implubiun, con estancias residenciales, algunas con estucos y mosaicos y ámbitos productivos. Es un buen exponente de mansión rural del siglo 11 d de C. El entorno de protección es adecuado y garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados.
Recinto fortificado del Torrello (Onda). Asentamiento ibérico compuesto por una torre de planta circular y un recinto amurallado, exponente de las fortificaciones defensivas vinculadas a un asentamiento de mayor rango. El entorno de protección es adecuado y garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados.
Poblado Ibérico de la Muela de Arriba (Requena). Poblado amurallado de los siglos IV-11 a de C, conservado en toda su extensión, con muralla, departamentos habitacionales y otros vinculados a la producción metalúrgica. Constituye un ejemplo representativo de poblado de dimensiones medias, en este caso vinculado a la ciudad ibérica de Kelín. Entorno de protección adecuado que garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados.
Yacimiento arqueológico de Valencia la Vella (Riba-roja de Túria). Castro de los siglos VI-VII, excepcional exponente de las fortificaciones visigodas, en este caso vinculado a la defensa de la ciudad de Valentia. Conserva todo el perímetro amurallado, con torres adosadas y dependencias habitacionales. Entorno de protección adecuado que garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados.
Poblado ibérico del Pico de los Ajos (Yátova y Cortes de Pallás). Poblado en altura de los siglos IV-111 a de c. Conserva estructuras defensivas y ha proporcionado una de las colecciones de escritura ibérica más numerosa de la Comunitat Valenciana. Entorno de protección adecuado que garantiza la preservación del yacimiento y sus elementos asociados.
llleta deis Banyets (El Campello). Asentamiento situado en una pequeña isla inmediata a la costa. Conserva restos de asentamientos con cronologías desde el Neolítico final a época romana. Las estructuras más visibles corresponden a una calle de época ibérica y diversas edificios de época romana como una factoría de salazones y un templo. El entorno de protección propuesto que incorpora un espacio marítimo situado frente al yacimiento garantiza los valores paisajísticos y culturales del yacimiento.
llleta del Portixol (Jávea). Isla situada an la Bahia del Portixol, conserva restos arqueológicos que cubren una amplia cronología desde la Edad del Bronce a época andalusí. Las evidencias arqueológicas más conspicuas corresponden a época romana, siglos 11-IV d de C. Constituye un yacimiento excepcional, testimonio del uso del enclave como puerto comercial desde el Bronce final a época romana. El entorno de protección propuesto que incorpora un espacio marítimo situado frente al yacimiento garantiza los valores paisajísticos y culturales del yacimiento.
3. Consideraciones
Los yacimientos objeto de la presente resolución fueron objeto de incoación de declaración como Bienes de Interés Cultural por sus valores excepcionales y singularidad. Estos valores se han preservado incluso se han incrementado a consecuencia de los estudios e investigaciones realizadas desde su declaración que han confirmado una relevancia patrimonial que los hace merecedores de su consideración como Bienes de Interés Cultural.
La delimitación de los correspondientes entornos de protección en general es adecuada a los fines de amortiguar impactos paisajísticos en los yacimientos y preservar posibles elementos asociados. Esta consideración se hace extensiva a la totalidad de los yacimientos incluidos en esta propuesta con con dos excepciones: la necrópolis de Corral de Saus (Moixent) y el yacimiento de los Baños de la Reina en Calpe.
En la necrópolis de Corral de Saus se ha definido un amplio y excéntrico entorno de protección, en el cual el límite sur se ha ajustado al trazado de la autovía A 35 y el limite este al cauce del Barranco del Canyaret. En lo referente al limite sur no se justifica considerar la autovía como límite del entorno, habida cuenta que el espacio situado al sur es por proximidad al yacimiento un ámbito susceptible de contener evidencias arqueológicas vinculadas con el yacimiento y un umbral visual que
debería preservarse a pesar del impacto que la autovía ya genera. La misma consideración se hace extensiva al límite este del entorno que debería extenderse a los primeros relieves que delimitan el campo visual en esa dirección.
En Els Baneyts de la Reina el entorno de protección propuesto se ajusta a los límites del yacimiento y sólo en los sectores norte y sur incorpora un reducido ámbito de respeto. Dada la extensión del yacimiento se recomienda reconsiderar esta propuesta de entorno y extender sus limites este y oeste como forma de preservar elementos arqueológicos asociados que pudieran verse afectados por el desarrollo urbanístico.
4. Conclusiones
Habida cuenta de las consideraciones expuestas relativas a los yacimientos y a sus entornos de protección se emite informe favorable a la incoación de los yacimientos del Punt del Cid (Almenara), el Puig de la Nao (Benicarlo), Vinarragell (Burriana), la Cova de L’Or (Beniarrés), los Baños de la Reina (Calpe), el Poblado Ibérico de la Mont-ravana (Lliria), la necrópolis Ibérica de Corral de Saus (Moixent), la Villa Romana de Benicató (Nules), el recinto fortificado del Torrello (Onda), el poblado Ibérico de la Muela de Arriba (Requena), Valencia la Vella (Riba-roja de Túria), el poblado ibérico del Pico de los Ajos (Yátova y Cortes de Pallás), la llleta deis Banyets (El Campello), y la llleta del Portixol (Jávea), como Bienes de Interés Cultural en la categoría de Zona Arqueológica, y al mismo tiempo se recomienda reevaluar los entornos de protección de Corral de Saus (Moixent) y los Baños de la Reina (Calpe) para dotar a los yacimientos de unos entornos más eficaces en la salvaguarda de los valores arqueológicos y paisajísticos que les son propios.
De igual modo se emite informe favorable a la incoación del yacimiento del El Porquet I (Alicante) como Bien de Interés Cultural en la categoría de Zona Paleontológica.
Valencia a 11 de julio de 2022.
Informe elaborado por el Académico Correspondiente y arqueólogo limo. Sr. D. Rafael Martínez Valle, visado por la Sección de Arquitectura. Aprobado por la Junta de Gobierno de esta Real Academia de Bellas Artes de San Carlos, celebrada el lunes día 11 dé julio de 2022, por delegación de la Junta General habida el día 14 de junio del mismo año.