Informe sobre la plaza del Ayuntamiento de Valencia, aprobado en Junta General Extraordinaria de 1 de octubre de 2020
INFORME sobre Plaza del Ayuntamiento de Valencia
Vista la solicitud presentada el 27 de Julio pasado por D. Juan Giner y D. Carlos Mundina en nombre del Grupo Municipal del Partido Popular del Ayuntamiento de Valencia en esta Real Academia de Bellas Artes de San Carlos, debemos manifestar en primer lugar que la emisión del Informe que se nos solicita, podría colisionar con el que, estatutariamente y en su momento, emita esta Academia como entidad consultiva de la Generalitat, sobre el PROYECTO LA REORDENACIÓN Y REURBANIZACIÓN DE LA PLAZA DEL AYUNTAMIENTO que tiene anunciado la Corporación municipal. Proyecto resultado de un anunciado concurso público del que se desconoce, obviamente, su contenido. El ajuste del plazo y el compromiso de licitación son decisiones ajenas al cometido de esta Academia.
En la información disponible, recibida a través del referido escrito, no se contiene el Proyecto oficial y completo de las obras provisionales, que se está realizando por fases y del que tampoco tenemos conocimiento. El único nexo conocido que une el proceso es la peatonalización parcial y la modificación de la movilidad en la zona, cuestiones de política urbanística, ajenas a nuestra opinión institucional.
En efecto, los documentos aportados de “Estudio de Urbanización mediante actuaciones tácticas de la Plaza del Ayuntamiento que permita la materialización de la nueva red de transporte en ese entorno. Fase 01. Delimitadores” con el dictamen de la Comisión Técnica de Patrimonio y el de “Proyecto de renovación del pavimento de la nueva zona peatonal creada después de las obras de la primera frase”, aprobado por la Junta de Gobierno Local, son actuaciones parciales y, según se reconoce, provisionales.
Asimismo, dada la provisionalidad de las obras realizadas objeto de denuncia de los solicitantes, consideramos que la valoración patrimonial sobre la solución que está realizándose en sucesivas fases, tiene una base efímera y variable según el estado de la obra y mobiliario que se vaya instalando.
Es por ello que esta Academia considera que su pronunciamiento sobre la citada intervención deberá producirse, si fuese solicitado, en el momento en el que se aborde el Proyecto definitivo, y en su obligado y reglado trámite administrativo. La cita que en último párrafo del escrito presentado incluye un pronunciamiento del CVC no se refiere a esta institución.
Creemos que, en este momento, solo cabe incidir en la reversibilidad de lo actuado provisionalmente y la no afectación a los elementos de trascendencia patrimonial inmueble que definen la Plaza según en el PEP Ciutat Vella, características que parecen darse en la información recogida.
En atención a lo expuesto, la Real Academia de Bellas Artes de S. Carlos, debe pronunciarse ahora en términos generales por la reversibilidad de las obras provisionales ejecutadas y a ejecutar y por asegurar un plazo prudencial para resolver la provisionalidad de las mismas, al amparo del definitivo PROVECTO DE REORDENACIÓN Y REURBANIZACIÓN anunciado.
Asimismo, la Academia reafirma el compromiso de colaboración en los términos de consultoría definidos en nuestros Estatutos y los derivados de convenios institucionales -entre ellos el del Ayuntamiento de Valencia-, siempre relacionados con nuestra específica pericia.